PATRIMONIO CUTURAL:
JOYAS DEL PERÚ
La ley Nº 28296, generaliza al patrimonio cultural de la nación, define al
Patrimonio cultural de la nación: Es todo aquello creado por el hombre,
tiene una importancia y valor histórico, cultural, arqueológico, artístico,
social, etc. Dichos bienes tienen la condición de propiedad pública, protegida
por el estado.
Pueden ser:
Patrimonio Cultural Mueble: Es todo patrimonio o bien cultural que puede ser transportable. Pueden ser: huacos, mantos textiles, pinturas, cerámicas, esculturas, monedas, etc.
Patrimonio Cultural Inmueble: Es
todo patrimonio o bien cultural que no se puede trasladar, abarca los
sitos arqueológicos. Pueden ser: huacas, cementerios, andenes, cuevas,
edificaciones coloniales, etc.
Patrimonio Cultural Documental: Como
su mismo nombre lo dice, se refiere a la documentación; libros, pergaminos,
periódicos, todo aquello impreso o de carácter gráfico. Actualmente se pueden
considerar a las grabaciones, medios digitales etc.
Patrimonio Cultural Inmaterial: Se Refiere a lo que conocemos como cultura viva. Las danzas, tradiciones, costumbres, literatura (mitos, leyendas), creencias, gastronomía. Las expresiones y representaciones de cada cultura.
Patrimonio Cultural Subacuático:
Todo aquella creación del hombre de carácter cultural, encontrada, total o
parcialmente sumergida en el agua por más de 100 años.
La sociedad tiene que cuidar
los bienes, así como el estado está en la obligación de amparar el patrimonio
cultural.
Cuiden nuestra cultura,
que gracias a ella sabes de dónde venimos,
qué somos,
y que podríamos ser...
Karla Salas Benites.







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